domingo, 14 de febrero de 2016

SEXTING



¿Qué es?

El sexting consiste en el envío de, principalmente, fotografías o vídeos a otras personas por medio de teléfonos móviles. Se trata de contenidos muy íntimos, generados por los propios remitentes, en actitudes sexuales, desnudos o semidesnudos.








¿Por qué se produce?

El sexting se produce y/o transmite a causa de noviazgo, lucimiento, impulsividad, presión de los amigos (normalmente en menores), venganza, intimidación
Se ha apuntado en repetidas ocasiones como factor que impulsa el sexting, al contexto cultural en el que crecen muchos adolescentes, con un marcado culto al cuerpo, a las celebridades, y en el que los medios de comunicación de masas promueven esos y otros valores.


Riesgos:

Exposición a pederastas y otros acosadores o chantajistas:

Un/a menor que se fotografía en actitudes sexuales puede sugerir una precocidad sexual a las personas a las cuales les llegue la fotografía o vídeo, y provocar el deseo de un encuentro lo que implica un posible abuso o corrupción del/a menor.
Quienes practican el sexting corren el riesgo de que dichas imágenes acaben siendo usadas para una sextorsión por parte de sus destinatarios o de terceras personas. El peligro se multiplica si junto a las imágenes se publican datos personales o incluso se asocian a perfiles en redes sociales, como sucede cada vez con más frecuencia.




Riesgos psicológicos y sociales:

Una persona cuya imagen o vídeo erótico es distribuido sin control puede verse humillada públicamente y acosada, y sufrir graves trastornos a causa de ello. Ya se ha producido al menos un caso de suicidio originado en el sexting y muchos casos de ansiedad, depresión, pérdida de autoestima, trauma, humillación, aislamiento social, etc.
Se conocen casos de adolescentes que han tenido que dejar el instituto o incluso mudarse a otro lugar a causa de la difusión de estas imágenes y de jóvenes a quienes un sexting del pasado les ha costado su empleo. Las repercusiones psicológicas pueden verse agravadas si existe sextorsión a partir de las fotos o vídeos de sexting.





Responsabilidad penal:

La imagen de una persona está protegida por la Constitución y por leyes como la Ley de Protección de Datos o el Código Penal; así, por ejemplo, un reenvío de una foto de sexting podría considerarse delito de revelación de secreto. Ciertas imágenes producidas por menores son consideradas pornografía infantil y derivar consecuencias penales. También puede considerarse explotación infantil, ya que la cuestión de agrava cuando se graban y difunden imágenes de otros menores.





Datos:

  • El 10% de los que envían SMS sexuales se ha equivocado alguna vez de destinatario.
  • España se encuentra entre los países con menor incidencia de esta práctica en Internet y la diferencia es mayor entre quienes dicen recibir (10%) y quienes dicen enviar (1%) que en conjunto de Europa.
  • Cerca del 10% de los chicos afirman haber recibido en alguna ocasión sexting por Internet frente al 5% de las chicas. Los varones están más expuestos a la pornografía en internet y a la recepción de mensajes sexuales, mientras que entre las niñas es más frecuente sufrir ciberbullying.

  • El porcentaje de menores a los que alguien a través de Internet les ha pedido hablar de sexo o enviar una fotografía o video suyo mostrando sus órganos sexuales es muy bajo. Alrededor del 1% en España y del 2% en Europa.
  • Los padres, en general, subestiman la incidencia del riesgo relativo a los mensajes sexuales, reportado por un 9% de los menores y estimado por un 5% de los padres.
  • Se han dado casos conocidos como el da la actriz Scarlett Johansson o el cantante Justin Bieber











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